- Sociedad colectiva: Para constituirla es necesario un mínimo de dos socios, todos intervienen en la gestión excepto los socios industriales que sólo aportan trabajo. La responsabilidad de los socios es personal, solidaria e ilimitada. No hay capital mínimo para su constitución. La condición de socio no puede transmitirse libremente. Tributa por el Impuesto de Sociedades.
1. Enumere y comente al menos dos características específicas para cada una de las siguientes sociedades: Sociedad Colectiva, Sociedad de Responsabilidad limitada y Sociedad Cooperativa.
- Sociedad de responsabilidad limitada: el número mínimo de socios para constituirla es 1, la responsabilidad está limitada al capital aportado, el capital social está dividido en participaciones (partes iguales, acumulables e indivisibles, su transmisión está restringida, los socios tienen derecho preferente), el capital mínimo es de 3.005,6 € totalmente suscrito y desembolsado. Los derechos de los socios son a participar en el reparto de beneficios y patrimonio social si se disuelve, derecho de tanteo en la adquisición de participaciones de los socios salientes, a participar en las decisiones de la sociedad y a ser elegidos administradores, a información en los períodos establecidos en las escrituras. Los órganos de gobierno son la Junta general de accionistas formada por todos los socios y los administradores.
- Sociedad cooperativa: es una asociación de personas físicas o jurídicas que desarrollan una actividad empresarial. Los resultados económicos (denominados excedentes, no beneficios) se imputan a los socios una vez atendidos los fondos comunitarios. Las cooperativas crean un patrimonio común sin ánimo de lucro. El número mínimo de socios es de 3 (varía según las CC.AA.), la incorporación y la baja es libre. La responsabilidad es limitada. El capital social mínimo es variable en función de los estatutos y el número de socios, ningún socio puede poseer más del 45%, debe estar totalmente suscrito y desembolsado en un 25%. Los socios tienen derecho a participar en las actividades de la cooperativa, a recibir información y al retorno cooperativo (excedente). Existen muchos tipos de cooperativa: de trabajo asociado, de consumidores, de vivienda, agraria, etc.
La financiación a corto plazo está formada por los recursos que provienen de proveedores, préstamos y créditos bancarios que la empresa tiene que devolver en menos de un año:
- Créditos de proveedores: Normalmente las empresas no pagan al contado las materias primas o las mercaderías que les suministran sus proveedores. Este aplazamiento del pago equivale a la concesión de un crédito concedido por los proveedores por el tiempo que dura el aplazamiento. Estos créditos se conocen con el nombre de créditos comerciales o créditos de funcionamiento.
- Factoring: Consiste en que una empresa especializada (sociedad factoring) se encarga de cobrar los derechos de cobro de otras empresas. Así, la empresa que tenga letras de cambio o facturas pendientes de cobro y necesite liquidez puede venderlas antes de su vencimiento a la sociedad factoring para que ésta se encargue de cobrarlas. El factoring tiene, por tanto, las mismas ventajas que el descuento de efectos pero, además, la empresa se libera del riesgo de posibles impagos ya que este riesgo se traslada a la sociedad factoring. El inconveniente de este tipo de financiación es su elevado coste.
- Descuento de efectos: Los efectos son derechos de cobro (letras de cambio, pagarés, etc.) que tiene una empresa, si ésta necesita liquidez y quiere transformar los efectos en dinero antes de su fecha de cobro, puede aprovechar la posibilidad que ofrecen los bancos de adelantar el dinero a través del descuento de efectos. Al realizar esta operación, los efectos quedan en poder del banco, que abona a la empresa su importe una vez deducida la comisión que cobra el banco por su servicio más los intereses por los días que faltan para su vencimiento. En ese caso el riesgo no desaparece para la empresa hasta que el deudor ha pagado, ya que si se produce un impago el banco le retira el dinero que le había adelantado y le devuelve el efecto.
- Línea de crédito: Es una forma de financiación que utiliza la empresa cuando quiere disponer de medios financieros para prever posibles necesidades, pero no sabe exactamente qué cantidad necesitará. En este caso la empresa puede pedir a una entidad financiera una línea de crédito y el banco pone a su disposición una cuenta corriente con el límite acordado. La empresa puede disponer de ese dinero mediante la emisión de talones, y después, pagará los intereses por la cantidad de que haya dispuesto y una comisión por la cantidad de la que no disponga.
- Descubierto en cuenta: Es una fuente de financiación poco habitual que consiste en la utilización de un importe superior al saldo disponible de una cuenta corriente. En este caso la empresa debe pagar intereses por la cantidad de que haya dispuesto. La ventaja es que la disposición de dinero es inmediata, pero el inconveniente es que los intereses son más altos que en otros métodos.
- Fondos espontáneos: Los fondos espontáneos de financiación son aquellas fuentes que no requieren una negociación previa como las cantidades que la empresa debe a Hacienda Pública, la Seguridad Social, o también los salarios de los trabajadores ya que si éstos cobrasen diariamente la empresa debería un préstamo para poder mantener el mismo nivel de inversiones
2. Fuentes de financiación a corto plazo de la empresa.